Alcalde de Riohacha se pronunció sobre Funciones de Advertencia de la Contraloría General de la República (CGR)
El burgomaestre riohachero, Rafael Ricardo Ceballos Sierra dio a conocer un comunicado en el cual aclara la situación que motivó las dos Funciones de Advertencia emitidas por la Contraloría General de la República.
En el documento Ceballos Sierra indica lo
siguiente:
1.
Que son
totalmente ciertas las anotaciones de la
CGR en lo que concerniente a los presuntos incumplimientos y riesgos del contrato
suscrito por el municipio de Riohacha y la Asociación de Municipios del San
Jorge - ASONSANJORGE -
2.
Que el
contrato en referencia fue firmado en 2011, no durante la actual
administración.
3.
El contrato se liquidó con antelación
a la advertencia oficial.
4. La actual administración logró mediante los requerimientos oficiados, que el
contratista culminara y entregara formalmente algunas obras, mientras que las
otras no.
5.
Teniendo en cuenta lo anterior, el municipio
de Riohacha, vencidos los términos de ley y teniendo en cuenta el
incumplimiento, procedió a liquidar unilateralmente el contrato.
El comunicado publicado por el
alcalde de Riohacha a su tenor indica:
· Contrato cuestionado fue firmado en 2011
· Actual administración lo liquidó antes de
advertencia de la Contraloría
A propósito de la Función de
Advertencia divulgada por la Contraloría General de la Republica, el pasado 6
de marzo, la alcaldía de Riohacha, liderada por Rafael Ceballos Sierra, se
permite hacer las siguientes precisiones:
Son ciertas las observaciones realizadas
por la CGR en la función de advertencia por presuntos incumplimientos y riesgos
con relación al Contrato Interadministrativo N° 011 del 29 de Junio de 2011,
suscrito entre el Municipio de Riohacha y la Asociación de Municipios del San
Jorge - ASONSANJORGE.
No obstante, como se desprende de lo
dicho anteriormente, el Contrato objeto de la Función de Advertencia por
parte de la CGR, fue suscrito en el año 2011 y no recientemente.
Una vez asumida la actual
administración a partir de enero de 2012 y al detectar retrasos y suspensiones
en las obras, se procedió a exigir mediante requerimientos formales a
ASONSANJORGE que cumpliera con la terminación de las obras contratadas.
A raíz de los requerimientos hechos
por la actual administración, algunas obras que hacían parte del contrato,
fueron terminadas mientras que a otras el contratista no les dio solución
alguna.
Ante la no culminación de algunas
obras del contrato, vencidos los plazos y agotados los procedimientos legales
correspondientes, el Municipio procedió a Liquidar Unilateralmente el Contrato
Interadministrativo N° 011 de 2011.
Esta liquidación se materializo
mediante la Resolución N° 0092 del 31 de Enero del 2014, es decir antes de
recibir formalmente la Función de Advertencia, la cual fue radicada por la
Contraloría el día 24 de Febrero de 2014.
Tanto los requerimientos hechos al
contratista desde el 2012, como la Resolución de liquidación unilateral
del 2014, fueron dados a conocer a la comunidad a través de los medios de
comunicación.
Cabe señalar que con la liquidación
unilateral hecha por el municipio, se logran salvaguardar los dineros públicos
y se pueden ahora terminar las obras inconclusas.
No hay comentarios: