Farc piden curules directas en Congreso, concejos y asambleas por dos periodos
http://www.bluradio.com/#!115064/farc-insisten-en-blindaje-constitucional-para-la-no-extradicion-de-guerrilleros
A través de un comunicado las Farc insistieron en que el acuerdo de paz debe garantizar un blindaje constitucional para impedir la extradición de guerrilleros.
Dentro de lo que denominan como ‘cambios estructurales que normalicen la vida nacional’, las Farc incluyeron esta petición dentro de la propuesta con la que buscan convertirse en un movimiento polĆtico.
“… AsĆ mismo, que garantice la protección constitucional frente a la extradición de cualquier integrante de la organización”, dice el comunicado.
En otro de los puntos el grupo guerrillero seƱala que se les deberĆ”n asignar por lo menos dos curules directas en el Congreso de la RepĆŗblica, asambleas departamentales y concejos municipales durante mĆnimo dos aƱos.
“En primer lugar, la participación activa en la polĆtica abierta a travĆ©s del movimiento polĆtico que se conformarĆ” para tal efecto para promover la democracia verdadera, directa, comunitaria y autogestionaria, con plenos derechos para todos y cada uno de sus integrantes, incluida la asignación directa de curules en el Congreso de la RepĆŗblica durante al menos dos perĆodos, asĆ como en Asambleas Departamentales y Concejos Municipales en lugares de comprobada presencia e influencia por iguales perĆodos”, cita el texto dado a conocer por el grupo guerrillero.
Este es el comunicado emitido por las Farc
El “Fin del conflicto” implica que se dĆ© el paso hacia cambios estructurales que normalicen la vida nacional, e incluye la decisión polĆtica de las FARC-EP de emprender un proceso de transformación integral colectivo e individual, que permita el trĆ”nsito a la vida civil, y propósitos esenciales como:
1. En primer lugar, la participación activa en la polĆtica abierta a travĆ©s del movimiento polĆtico que se conformarĆ” para tal efecto para promover la democracia verdadera, directa, comunitaria y autogestionaria, con plenos derechos para todos y cada uno de sus integrantes, incluida la asignación directa de curules en el Congreso de la RepĆŗblica durante al menos dos perĆodos, asĆ como en Asambleas Departamentales y Concejos Municipales en lugares de comprobada presencia e influencia por iguales perĆodos.
2. En segundo lugar, desarrollar economĆas del comĆŗn, de carĆ”cter asociativo y comunitario, en los diferentes campos del proceso económico y articuladas entre sĆ con el objetivo de contribuir a la reconstrucción de la base productiva del paĆs y al mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y al buen vivir de los pobres y desposeĆdos.
3. En tercer lugar, promover y apoyar procesos organizativos sociales y con fundamento en el reconocimiento pleno de los derechos económicos y sociales, especialmente al trabajo digno, la salud y la seguridad social, la vivienda, de todos y cada uno de sus integrantes. Es condición necesaria del proceso de normalización de la vida nacional y transformación de las FARC-EP en organización abierta, una solución confiable en lo que concierne al tema de “Justicia especial para la paz”, que atendiendo los derechos de las vĆctimas del conflicto, sea consecuente con el reconocimiento de la rebelión y sus conexidades en el sentido mĆ”s amplio, se fundamente en los principios de la justicia restaurativa, prospectiva y transformadora, y se haga extensiva a las prisioneras y prisioneros polĆticos y de guerra condenados o con procesos en trĆ”mite. AsĆ mismo, que garantice la protección constitucional frente a la extradición de cualquier integrante de la organización. Lo acordado para la reincorporación de las FARC-EP en lo polĆtico, lo económico y lo social harĆ” parte integral del “Plan Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera”.
Para alcanzar tales objetivos, las FARC-EP proponen diez iniciativas cuyos desarrollos presentaremos al paĆs en el curso de este Ciclo, y que bĆ”sicamente se centran en las siguientes temĆ”ticas:
1. Construcción de la paz estable y duradera como proceso de normalización social; 2. Transformación integral colectiva e individual, nacional y territorial de las FARC-EP como parte del proceso de normalización social; 3. Condiciones para la transformación de las FARC-EP en movimiento polĆtico abierto;
4. Condiciones para la normalización referidas a economĆa de las FARC-EP; 5. Condiciones para la normalización que permitan reconstruir y producir las nuevas relaciones sociales y culturales, fundamentadas en la generación de condiciones para el pleno ejercicio de los derechos polĆticos, económicos, sociales, culturales y ambientales por parte de las FARC-EP; 6. Definición de una Jurisdicción especial de justicia como garantĆa del proceso de normalización integral; 7. Protección constitucional frente a la extradición; 8. Normalización integral como contribución a la reparación, las garantĆas de no repetición y la reconciliación nacional; 9. Definición de acuerdos de normalización como capĆtulo especial del Plan Nacional Para la Paz y 10. CarĆ”cter excepcional, extraordinario y transitorio de la normalización social e integral e indisolubilidad frente a los demĆ”s componentes del punto 3 “Fin del conflicto”.
No hay comentarios: