Policía Guajira ilustra sobre el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana

La Policía Nacional lanzó campaña para que los ciudadanos conozcan sus Derechos y Deberes frente al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana


.El acto pedagógico se realizó en el sector del Mercado Nuevo en la ciudad de Riohacha.

Riohacha, La Guajira. El Departamento de Policía Guajira realizó el lanzamiento de la campaña denominada “Conoce tus Derechos y Deberes frente a Ley 1801 del 2016”.

Con esta iniciativa se busca concientizar a la comunidad, frente a los Derechos y Deberes que tiene como ciudadano, los cuales están incluidos en el Código de Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. 


El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana es una norma de carácter preventivo que busca establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional, al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas.  

En este video, el comandante del departamento de Policía Guajira, coronel Wharlinton Iván Gualdron Gualdron, explica los objetivos de la campaña:


Para dar a conocer los Derechos y Deberes, que les asisten a los ciudadanos frente al establecimiento de la Norma Jurídica, personal del Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes de la Estación de Policía Riohacha y el Área de Prevención y Educación Ciudadana, dieron recomendaciones a través de un folleto, que se relacionan a continuación: 

Si incurre en un comportamiento contrario a la convivencia, tiene derecho a: 

1. Ser tratado con respeto. 
2. Conocer del presunto comportamiento contrario a la convivencia en que pudo incurrir. 
3. Ser respetado el debido proceso. 
4. Grabar por cualquier medio el procedimiento de policía. 
5. Interponer Recursos de Apelación y sustentarlo si la medida señalada es competencia de la Policía Nacional. 
6. Recibir copia de la Orden de Comparendo y/o Medida Correctiva o que se le envié por correo electrónico. 
7. Actualizar su información en el Registro Nacional de Medidas Correctivas 


Deberes de Convivencia 

Es deber de todos los ciudadanos en el territorio nacional comportarse de manera favorable a la convivencia. Para ello, además de evitar comportamientos contrarios a la misma, deben respetar a las demás personas, los bienes y el ambiente. 

Derechos cuando me imponen una Orden de Comparendo
 
1. Ser escuchado por el uniformado y hacer uso del recurso de apelación 

2. Si no está de acuerdo con la multa señalada en la Orden de Comparendo, podrá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes ante la autoridad competente, para objetar la Medida Correctiva. 

3. Para las multas generales tipo 1 y 2, podrá conmutarlas por participación en Programas Comunitarios o Actividades Pedagógicas. 

4. Si decide pagar la multa dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes a la expedición de la Orden de Comparendo y/o Medida Correctiva, podrá obtener un descuento del 50% por pronto pago. 

5. El pago de las multas se debe realizar en las cuentas habilitadas por las Alcaldías, y solicitar ante el inspector de Policía el descargue del Registro Nacional de Medidas Correctivas. 


Pasos a seguir si me señalan 'Participación en Programa Comunitario o Actividad Pedagógica de Convivencia' 
 
Dirigirse a la Alcaldía del lugar donde ocurrió el comportamiento contrario a la convivencia, agendar y asistir al programa de participación comunitaria o actividad pedagógica. 

Posteriormente acercarse a la Estación de Policía de la localidad donde se registraron los hechos y presentar el Certificado de Asistencia al Programa, para que el comandante de Estación, Subestación o CAI, descargue la Orden de Comparendo de la plataforma del Registro Nacional de Medidas Correctivas. 


Consecuencias por el no Pago de Multas 

Si transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa esta no ha sido pagada con sus debidos intereses, la persona no podrá: 
 
1. Obtener o renovar Permiso de Tenencia o Porte de Armas. 
2. Ser nombrado o ascendido a cargo público. 
3. Ingresar a las Escuelas de Formación de la Fuerza Pública. 
4. Contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado. 
5. Obtener o renovar el Registro Mercantil en las Cámaras de Comercio

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