Asodegua lidera mesa de trabajo en Bogotá, por la estabilidad laboral de maestros provisionales

Los maestros delegados de todo el país, representan a los casi 70 mil docentes provisionales


Los educadores participarán en una mesa de diálogo con el Ministerio de Educación, Mintrabajo y asesores del alto gobierno 



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Encuentro entre docentes y representantes del alto Gobierno, para analizar temas de beneficio colectivo para los maestros nombrados en provisionalidad, se realiza en Bogotá. 


Para tal fin se desplazaron hasta la capital colombiana, maestros delegados de todo el país liderados por Asodegua, quienes representan a los casi 70 mil docentes provisionales, que laboran en diferentes Instituciones Educativas. 


Los educadores participarán en una mesa de diálogo con el Ministerio de Educación, Mintrabajo y asesores del alto gobierno, donde se pretende entre otros puntos, crear las condiciones que posibiliten una pólitica pública que salvaguarde los derechos laborales de este gremio.


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Actualmente los maestros provisionales no gozan de ninguna estabilidad laboral, toda vez que en el marco del articulo 125 de la constitución pólitica del 91, se estableció el concurso docente como argumento de meritocracia, que asegura el nombramiemto en propiedad, unido a lo cual la Ley 115 del 94 en su art. 105 Ley General de la Educación, la Ley 60 del 93 en su art 6to y los decretos 2277 del 79 y 1278 del 2002, consolidaron dicho argumento, en su ambito júridico y constitucional.


Hoy 70 mil maestros y maestras provisionales de todo el país, que constituyen casi el 40% del total de la nómina magisterial ,claman porque el carácter de provisionalidad de sus cargos, tenga en este Gobierno un nuevo horizonte júridico y legislativo, que sea garantista del derecho a un trabajo digno y definitivo. 


Si bien el art. 125 constitucional fue modificado por el acto legislativo 01 del 2008, mediante el cúal en su momento se lograron algunos nombramientos de docentes, que a la fecha pertenecian a planta contratada, la Sentencia C-558 del 2009 dictaminó que se estaba sustituyendo la potestad constitucional del 91 en su art. 125. Según la corte sólo el constituyente primario podría hacer dicha modificación. 


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En este espacio de diálogo y concertación con representantes del Ministerio de Educación, de las Entidades Territoriales Certificadas representadas en sus secretarios de Educación, la Fecode y los representantes de los maestros prpvisionales, Asodegua dice presente, a través de sus maestros provisionales afiliados y su secretario de Prensa y Comunicaciones, Milad Estrada.

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