La CREG llega el martes 28 de octubre de 2025 a Santa Marta
Los funcionarios de la CREG escucharán a los ciudadanos, para construir con la ciudadanía el nuevo Régimen de Protección de Derechos de los Usuarios de Energía y Gas
Más de 200 propuestas recogidas en los primeros talleres marcarán el camino hacia una regulación más clara, cercana y construida con los usuarios
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) llega a Santa Marta este martes 28 de octubre de 2025, con un propósito claro, seguir escuchando a los ciudadanos para actualizar el *Régimen de Protección de los Usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía, gas y GLP en proceso de modernización.
El encuentro se realizará de 8:00 de la mañana hasta las 12:00 del mediodía, con previa inscripción en la página web de la CREG y hace parte de la ruta nacional que la entidad viene desarrollando para recoger insumos y experiencias de usuarios, personeros, vocales de control, empresas y autoridades locales, con el objetivo de construir un régimen más claro y adaptado a las nuevas realidades tecnológicas y sociales de Colombia.
“Después de casi tres décadas, actualizar este régimen no es solo una tarea técnica, sino un ejercicio de democracia con la regulación. Escuchar a los usuarios es la clave para consolidar la confianza y garantizar la protección de los usuarios”, señaló Fanny Guerrero, experta comisionada de la CREG.
La CREG emprendió este proceso de modernización con enfoque participativo, en el marco del Documento CREG 905 002 de 2023 y la Circular CREG 043 de 2023 y una metodología que promueve un rediseño normativo centrado en las personas y en la pedagogía ciudadana.
En los primeros cuatro talleres realizados en Bogotá, la CREG consolidó más de 200 propuestas entre ciudadanía y empresas que apuntan a fortalecer la relación entre los usuarios y las empresas prestadoras de servicios públicos.
Las iniciativas más recurrentes giraron en torno a la necesidad de contar con facturas más claras y un lenguaje sencillo en las comunicaciones, la creación de un formato estándar y comprensible para todos los usuarios, la mejora en la atención de peticiones, quejas y reclamos (PQRSD), la ampliación de los canales presenciales y digitales de atención, y la unificación de la normatividad en un solo régimen más accesible.
La jornada en Santa Marta tendrá especial relevancia por el peso histórico y simbólico que el Caribe colombiano tiene en la conversación sobre servicios públicos.
El taller reunirá a líderes sociales, personeros municipales, representantes de empresas y usuarios residenciales, quienes trabajarán bajo la metodología de Design Thinking, una dinámica participativa que permite transformar experiencias reales en propuestas de mejora regulatoria.
“Queremos que los usuarios del Caribe, que históricamente han enfrentado los mayores retos en materia de energía, sean protagonistas de esta nueva etapa. La regulación también se construye desde sus vivencias”, destacó Guerrero.
La actualización del régimen no terminará en Santa Marta
Durante 2026, la CREG planea ampliar la cobertura territorial con talleres en otras regiones, priorizando zonas rurales y apartadas, con el apoyo de medios comunitarios, emisoras locales y actores sociales.
Cómo participar
Los interesados podrán inscribirse hasta agotar aforo en:
Nota del Editor
*Régimen de Protección de los Usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía, gas y GLP
El Régimen de Protección de los Usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía, gas y GLP se encuentra en un proceso de modernización por parte de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) para hacerlo más claro y adaptado a las realidades actuales, según lo expuesto en el marco legal de la Ley 142 de 1994. Sus objetivos principales son equilibrar los derechos de los usuarios con las obligaciones de los prestadores, fortalecer la confianza y proteger los derechos de los suscriptores y usuarios.
Aspectos clave del régimen:
Marco legal: La Ley 142 de 1994 es la base del régimen, que busca la eficiencia y calidad en la prestación de los servicios.
Protección al usuario: Se prohíbe cobrar servicios no prestados o tarifas no contempladas en los contratos, además de no alterar la estructura tarifaria establecida, como lo indica el artículo 148 de la Ley 142 de 1994.
Derechos de los usuarios: Entre otros, los usuarios tienen el derecho a la medición real del consumo, la libre elección del prestador y a recibir información clara y oportuna sobre el servicio, señala Ámbito Jurídico.
Procedimientos de defensa: Ante actos como negativa de contrato, suspensión o facturación, los usuarios pueden interponer recursos de reposición y apelación, según lo estipulado en la Ley 142 de 1994.
Medición de consumo: Cuando hay fugas imperceptibles, se puede determinar el consumo con base en periodos anteriores o en usuarios con circunstancias similares, según lo establecido en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994.
Información tarifaria: Las empresas prestadoras deben publicar y comunicar claramente los ajustes tarifarios de forma comprensible en un medio de amplia circulación, según lo indica el artículo 7 del Decreto 1060 de 2002.
Consulta y actualización: La CREG ha estado en diálogo con la ciudadanía para actualizar este régimen, buscando adaptarlo a las necesidades actuales.

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