'Tasa a la Seguridad aprobada por la Asamblea no se puede aceptar'
El concepto fue emitido por el ex Secretario de Gobierno Municipal, Ćlvaro Romero Hurtado
La exposición en contra de la aprobaciónn del tributo a la Seguridad aprobada por la Asamblea Departamental, la hizo el profesional del Derecho a través de una comunicación enviada a los periodistas de los distintos medios de comunicación asentados en Riohacha.
La exposición en contra de la aprobaciónn del tributo a la Seguridad aprobada por la Asamblea Departamental, la hizo el profesional del Derecho a través de una comunicación enviada a los periodistas de los distintos medios de comunicación asentados en Riohacha.
El secretario de
Gobierno de la administración de Jaider Curiel Choles cuestionó a los Diputados
por “copiar” Ordenanzas aprobadas en otros departamentos, perjudicando de esta
manera los intereses del pueblo que los eligió.
Instó a los
AsambleĆstas guajiros para que en vez de darle a Electricaribe el contrato para
la recaudación de estos recursos, le haga un debate a esa empresa, “por la mala prestación del servicio y el
cobro excesivo del mismo”
En uno de los apartes de la comunicación indicó que "No se podrÔ
celebrar contrato o convenio alguno, en donde las entidades territoriales, o
sus entidades descentralizadas, deleguen en terceros la administración,
fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e
imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados.
El texto es el siguiente:
Riohacha, 13 de Agosto de 2012
SeƱores
Diputados de La Guajira
La Ciudad
Cordial Saludo;
La Constitución
PolĆtica Nacional de 1991 en su artĆculo 101 establece “Los lĆmites de Colombia
son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso,
debidamente ratificados por el Presidente de la RepĆŗblica, y los definidos por
los laudos arbitrales en que sea parte la Nación”.
El departamento
de La Guajira y su Capital el municipio de Riohacha hace parte de estos
lĆmites.
¿CuĆ”l es el afĆ”n
de querer hacer las cosas como si esto hiciera parte de otro territorio?
¿Por quĆ© tenemos
que copiar una ordenanza, o acuerdo porque en otra ciudad estĆ” establecida y
funciona?
¿O es quĆ©
nosotros no podemos tener ideas propias?
La amnesia es una
enfermedad que al parecer en nosotros es recurrente.
Electricaribe nos
ataca con sus altas facturaciones en el cobro de energĆa y ahora quieren
imponer este impuesto en la misma facturación.
¿Por quĆ© no
impulsan un debate en contra de ELECTRICARIBE por la mala prestación del
servicio y el cobro excesivo?
Cuando ustedes
hagan algo como ello en pro de la ciudadanĆa ese dĆa se la meterĆ”n al bolsillo,
pero aquĆ todo es contra del elector que sale un domingo de octubre a asolearse
y con euforia a escogerlos, pero despuƩs de posesionados se les olvida el
pueblo y se convencen que llegaron sólo por los altos recursos económicos
invertidos.
Teniendo en
cuenta lo enunciado, conforme a lo establecido en el artĆculo 101 que tiene que
ver con los lĆmites del territorio, les recuerdo que son fines esenciales del
Estado segĆŗn el artĆculo 2 de la Carta Magna:
Servir a la
comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la
participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, polĆtica, administrativa y cultural de la Nación, defender la
independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la
convivencia pacĆfica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades
de la República estÔn instituidas para proteger a todas las personas residentes
en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demƔs derechos y libertades
y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los
particulares.
Con todo respeto les recuerdo la suerte del IMPUESTO DE ALUMBRADO PUBLICO en nuestra
municipalidad y les cito lo establecido en la LEY 1386 del 2010 “ARTĆCULO 1°.
PROHIBICIĆN DE ENTREGAR A TERCEROS LA ADMINISTRACIĆN DE TRIBUTOS.
“No se podrĆ”
celebrar contrato o convenio alguno, en donde las entidades territoriales, o
sus entidades descentralizadas, deleguen en terceros la administración,
fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e
imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados.
La recepción de
las declaraciones asà como el recaudo de impuestos y demÔs pagos originados en
obligaciones tributarias podrƔ realizarse a travƩs de las entidades autorizadas
en los tƩrminos del Estatuto Tributario Nacional, sin perjuicio de la
utilización de medios de pago no bancarizados”.
SeƱores Diputados
aunque lo hayan aprobado aún estÔn a tiempo de revaluar su posición, decidan si
quieren ser elegidos sólo por este perĆodo o si quieren ser verdaderamente polĆticos
para todas sus vidas, sin olvidar su esencia que es la de servirle al PUEBLO.
De seguir
adelante con sus posiciones el PUEBLO RIOHACHERO y GUAJIRO en general tendrĆ”
que salir a las calles a demostrar que no somos ignorantes y que ustedes nos
deben la curul y a pedirles a la PROCURADURIA y a la CONTRALORIA que hagan un
estudio riguroso sobre esta ORDENANZA.
Para finalizar me
atrevo a citarles una frase cĆ©lebre: “Yo no soy un hombre, soy un pueblo. El
pueblo es superior a sus dirigentes”:
JORGE ELIECER
GAITAN.
Atentamente;
ĆLVARO MANUEL
ROMERO HURTADO
Ex Secretario de Gobierno y Desarrollo Comunitario de
Riohacha
____________________________________________________________
“Tengamos
fe en que el derecho hace la fuerza”
Abraham Lincoln.
Ex presidente de los E.E. U.U.
Como residente en riohacha, apoyo la iniciativa del exsecretario de Gobierno Municipal Dr. Alvaro Romero, la la seguridad es una obligación de los mandatarios de turno, en su defecto el señor Alcalde con apoyo del sr Gobernador les asiste esa responsabilidad. En caso dado a los comerciantes y empresarios asentados aca se les puede exigir un aporte o apoyo para contribuir con la seguridad. No a nosotros los pobres habitantes que muchas ve
ResponderEliminarces no tenemos ni como pagar una factura del servicio. Ahora vamos a tener para pagar tal impuesto. Por Dios.
Att. Habitante de Nuestra querida Riohacha.
Yo me apunto para hacer la huelga en caso de que se hagan los sordos.
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