Maicao y Riohacha encabezan cifras de comparendos impuestos en La Guajira durante Aislamiento por Covid-19


La cifra global de comparendos expedidos en el departamento de La Guajira por desacato a las medidas decretadas por el Gobierno Nacional, alcanza la cifra de mil 582, según reveló el Departamento de Policía Guajira, en un documento  oficial.



El municipio de Maicao encabeza el listado con 568 comparendos, en su orden le sigue el Distrito de Riohacha, con 332, mientras que en el tercer y cuarto lugar, se encuentran San Juan del Cesar y Fonseca con 150 y 129, respectivamente.

La sanción contempla el pago de una Multa General Tipo Cuatro, consistente en Treinta y dos Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes SMDLV ($936.323), y la participación en un Programa Comunitario o Actividad Pedagógica de Convivencia.



Boletín del Departamento de Policía Guajira

Actualización comparendos impuestos en La Guajira por comportamientos de ocurrencia frente a la Emergencia Sanitaria

Riohacha, La Guajira. Desde que entró en vigencia el decreto 457 del 2020, la Policía Nacional mediante los controles efectuados para hacer cumplir las medidas decretadas por el Gobierno Nacional en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa de la pandemia por el COVID-19, ha colocado mil 582 comparendos a personas que desacataron esta orden, incurriendo en comportamientos contrarios a la convivencia tipificados en el Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, discriminados así:

568 en Maicao
332 en Riohacha
150 en San Juan del Cesar
129 en Fonseca
67 en Barrancas
62 en Uribia
49 en Manaure​
38 en Distracción
36 en El Molino
35 en Villanueva
34 en Albania
33 en Hatonuevo
13 en Camarones
11 en La Jagua del Pilar
10 en La Punta de Los Remedios
07 en Urumita
04 en Palomino
03 en Mingueo
01 en Dibulla

Recordar que a estas personas les fue impuesto este mandato por violar el Artículo 35 de la Ley 1801 del 2016, comportamiento que afectan las relaciones entre las personas y las autoridades, Numeral dos, incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de policía, el cual conlleva al pago de una Multa General Tipo Cuatro, consistente en treinta y dos Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes SMDLV ($936.323), y participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.


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