Control Concomitante y Preventivo: arma en tiempo real, para prevenir irregularidades


¡Los recursos públicos, son de todos e intocables!


Por Ignacio Rafael Escudero Fuentes

Abogado especialista en Instituciones Jurídico – Políticas 
y Derecho Público Uninacional - Docente Uniguajira



 Ignacio Rafael Escudero Fuentes

Este viernes 24 de abril de 2020, el pueblo colombiano no salió de su asombro, tras la realizaron de una rueda de prensa conjunta de los órganos de control (Procuraduría, Fiscalía y Contraloría), en la cual dieron a conocer las escandalosas presuntas irregularidades en la celebración de contratación pública para atender la Emergencia Sanitaria que se vive por la covid-19, estrategia a la que llamaron 'Transparencia por la Emergencia.

Lo que llamó la atención fue la intervención en tiempo real de dichos órganos, en particular la Contraloría General de la Nación que por mandato constitucional tiene entre otras funciones “velar que los recursos públicos se inviertan correctamente y cumplan el fin para el cual fue destinado”, a través de un “control posterior y selectivo, que no sirve para nada, para nada, para nada”.

Sin embargo, en el marco de las nuevas facultades que le permiten a la Contraloría General de la República ejercer el llamado Control Concomitante y Preventivo (Acto Legislativo 04 de 2019 “Por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal” y en el Decreto Ley 403 del 16 de marzo de 2020, “Por el cual se dictan normas para la correcta implementación  del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”, criticado por muchos constitucionalistas puestos que, las experiencias anteriores demostraron que los controles previos eran propensos a la corrupción.

El jefe del organismo de control autorizó activar todos los mecanismos de seguimiento al recurso público dispuestos para enfrentar y mitigar los efectos catastróficos que podría generar el virus a la población en Colombia.

O sea que, podemos aseverar sin lugar a equívocos que, el contralor Carlos Felipe Córdoba, quien 'se dio la pela' en el congreso para sacar avante dicha Reforma Constitucional, en el sentido de agregar al Control Posterior y Selectivo, el Preventivo y Concomitante, 'la sacó del estadio' como arma en tiempo real, para prevenir eventuales irregularidades en las inversiones con recursos públicos donde los más afectados serían los connacionales, sobre todo a los sectores de alta vulnerabilidad que se cuentan por millones en normalidad; ahora, duplicado con la declaratoria de Estado de Excepción como consecuencia del letal virus. 

Actuar con diligencia, prontitud y eficacia, también impone a los servidores públicos de los organismos de control objetividad, imparcialidad y cero sesgos políticos. Ojalá, los entes de control no tomen como 'la espada de Damocles', para perseguir a los mandatarios territoriales, que, no son afectos al Gobierno o no comulgan con sus políticas centralistas, discriminatorias, intervencionistas y excluyentes como las que aplican en el departamento de La Guajira.

Desde este rincón de la patria, pedimos al alto gobierno y los organismos de control que, se imponga el imperio de la ley, es lo que queremos y exigimos los colombianos de bien, pero que se aplique con el mismo rasero para todos,m el aforismo en latín que dice: “ Dura lex, sed lex”, que en español se traduce como 'la ley es dura, pero es la ley'.

Independientemente de las opiniones de algunos eruditos en el rdenamiento Constitucional, incluso las demandas que cursan en la Corte Constitucional para que tumben el Acto Legislativo 04 de 2019, considero eficaz la intervención del señor Contralor y aplaudo la orden impartida a sus inmediatos colaboradores de  “realizar, en tiempo real y oportuno, seguimiento permanente a las medidas que adoptó el Gobierno al decretar el estado de emergencia económica y social a nivel nacional para contener el contagio de la covid-19”.

Empero, la sola actuación de los organismos de control, quienes lo hacen amparado en la obligatoriedad que tienen en el marco de la Constitución Política de 1991, no es suficiente. Para ellos, igual da, si hay sancionados o no; si hay recuperación de recursos públicos o no; quienes al final son damnificados y con creces somos los del pueblo, que hoy a pesar del esfuerzo que hacen las autoridades nacionales y territoriales por aliviar la hambruna, claman por una asistencia humanitaria con el argumento que “no los va a matar el covid 19, sino el hambre”.

En virtud a lo anterior, propongo que, se activen las Veedurías Ciudadanas y realicen Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas Especiales, a través de los medios tecnológicos (virtual), con el liderazgo, asesoría y acompañamiento de los organismos de control, sobretodo la Contraloría General de la Nación, quien por mandato constitucional debe “garantizar que los recursos públicos asignados para mitigar la pandemia, cumplan con el fin para el cual fueron destinados”.

Título Original: ¡Los recursos públicos, son de todos e intocables!

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